El paro tras un despido: cuantía y duración de la prestación

El paro tras un despido: cuantía y duración de la prestación

29 julio 2026

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El paro tras un despido: cuantía y duración de la prestación

La prestación contributiva por desempleo no es automática: depende de cumplir ciertos requisitos y su cuantía y duración se calculan según lo cotizado. A continuación se explica qué establece la norma.

La prestación contributiva por desempleo no es automática: depende de cumplir ciertos requisitos y su cuantía y duración se calculan según lo cotizado. A continuación se explica qué establece la norma.

Requisitos para acceder a la prestación.
Se exige haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años; encontrarse en situación legal de desempleo por causa no voluntaria (despido, fin de contrato temporal, ERE); estar inscrito como demandante de empleo; y no haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación. La baja voluntaria no genera, con carácter general, situación legal de desempleo, salvo supuestos concretos previstos en la norma.

Requisitos para acceder a la prestación.
Se exige haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años; encontrarse en situación legal de desempleo por causa no voluntaria (despido, fin de contrato temporal, ERE); estar inscrito como demandante de empleo; y no haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación. La baja voluntaria no genera, con carácter general, situación legal de desempleo, salvo supuestos concretos previstos en la norma.

Cuantía de la prestación.
Se calcula sobre la base reguladora, que es la media de las bases de cotización de los últimos 180 días. Durante los primeros 180 días se abona el 70 %; a partir del día 181, el 60 % (porcentaje elevado desde el 50 % por el Real Decreto-ley 2/2024). La prestación está sujeta a topes según la situación familiar: en 2026, el máximo va de 1.225 € mensuales sin hijos a 1.400 € con un hijo y 1.575 € con dos o más; el mínimo, de 560 € sin hijos a 749 € con hijos a cargo. La base de cotización no coincide con la nómina: es la que la empresa declara a la Seguridad Social.

Cuantía de la prestación.
Se calcula sobre la base reguladora, que es la media de las bases de cotización de los últimos 180 días. Durante los primeros 180 días se abona el 70 %; a partir del día 181, el 60 % (porcentaje elevado desde el 50 % por el Real Decreto-ley 2/2024). La prestación está sujeta a topes según la situación familiar: en 2026, el máximo va de 1.225 € mensuales sin hijos a 1.400 € con un hijo y 1.575 € con dos o más; el mínimo, de 560 € sin hijos a 749 € con hijos a cargo. La base de cotización no coincide con la nómina: es la que la empresa declara a la Seguridad Social.

Duración de la prestación.
Depende de los días cotizados en los últimos 6 años, a razón de 120 días de prestación por cada 360 cotizados: de 360 a 539 días cotizados corresponden 4 meses; de 540 a 719, 6 meses; de 720 a 899, 8 meses; de 900 a 1.079, 10 meses; de 1.080 a 1.259, 12 meses; y así sucesivamente hasta un máximo de 24 meses, que se alcanza con 2.160 días o más cotizados.

Duración de la prestación.
Depende de los días cotizados en los últimos 6 años, a razón de 120 días de prestación por cada 360 cotizados: de 360 a 539 días cotizados corresponden 4 meses; de 540 a 719, 6 meses; de 720 a 899, 8 meses; de 900 a 1.079, 10 meses; de 1.080 a 1.259, 12 meses; y así sucesivamente hasta un máximo de 24 meses, que se alcanza con 2.160 días o más cotizados.

Compatibilidad con el trabajo a tiempo parcial.
La normativa permite, en determinados supuestos, compatibilizar la prestación con un trabajo a tiempo parcial, percibiéndose la parte proporcional al tiempo no trabajado.

Compatibilidad con el trabajo a tiempo parcial.
La normativa permite, en determinados supuestos, compatibilizar la prestación con un trabajo a tiempo parcial, percibiéndose la parte proporcional al tiempo no trabajado.

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Este sitio ofrece información orientativa y no constituye asesoramiento legal.

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